Trámites tras un fallecimiento: guía paso a paso

En resumen: al fallecer un familiar en Argentina, los primeros pasos son obtener el certificado médico de defunción, inscribir la defunción en el Registro Civil (partida y licencia de inhumación o cremación) y luego notificar a ANSES, la obra social y los bancos. Una funeraria puede gestionar la mayoría de estos trámites por vos.
¿Cuáles son los primeros pasos tras un fallecimiento?
Lo primero es que un médico constate el fallecimiento y emita el certificado médico de defunción. Si ocurrió en un hospital o sanatorio, lo emite la institución; si fue en el domicilio, interviene el médico de cabecera o el servicio de emergencias. Con ese certificado ya se puede contactar a la funeraria, que inicia la coordinación del servicio.
¿Cómo se inscribe la defunción en el Registro Civil?
Con el certificado médico se inscribe la defunción en el Registro Civil, en general dentro de las 48 horas. De ahí surgen la partida de defunción y la licencia de inhumación o cremación, sin la cual el cementerio o crematorio no puede proceder. En Casa Córdoba realizamos esta gestión por la familia.
¿Qué documentación necesito?
¿Qué trámites hay que hacer después?
Resuelto el sepelio o la cremación, quedan gestiones posteriores: notificar a ANSES o la caja previsional (baja de jubilación/pensión y, si corresponde, pensión por fallecimiento), dar de baja la obra social, informar a bancos y tarjetas, y eventualmente iniciar la sucesión si hay bienes a nombre del fallecido.
¿Casa Córdoba se encarga de los trámites?
Sí. Nuestro servicio incluye la gestión del certificado, la inscripción en el Registro Civil, la licencia de inhumación o cremación y la coordinación con el cementerio o crematorio, las 24 horas. Si necesitás ayuda inmediata, contactanos o conocé el servicio funerario integral.
Esta guía es orientativa y de carácter general; no constituye asesoramiento legal. Los requisitos pueden variar según la jurisdicción.
Preguntas frecuentes
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