30 aniversario

Preguntas frecuentes

¿Qué hacer y qué no hacer? ¿A quién llamar? ¿Qué opciones tengo?

 

Aquí te respondemos las preguntas más frecuentes relacionadas con los funerales.

Primeras llamadas y gestiones

La llamada dependerá de la circunstancia particular de la muerte.
Podemos ayudarte en esta difícil situación. Si lo deseás, un asesor funerario te explicará los pasos a seguir.

Por lo general, el personal de admisión realiza el trámite de inicio.

Si preferís, un asesor puede ayudarte a hacer los arreglos para trasladar el cuerpo del lugar de la muerte a la funeraria.

Si no hubo una planificación avanzada, podés consultar por un servicio de cremación u otras posibilidades de servicios.

Por lo general, tenés que llamar al médico de la persona.

El profesional deberá declarar de manera oficial la muerte para obtener el certificado de defunción, o comunicarse con el médico de guardia del hospicio si se encuentra bajo cuidados paliativos.

Luego, se pondría en contacto con nuestra funeraria para retirar el cuerpo.

Solo necesitás llamar a la policía si la muerte en el hogar se debió a circunstancias desconocidas o desatendidas.

Por lo general, se requiere que el forense local investigue una muerte en las siguientes circunstancias:

● Muertes desatendidas: ningún médico con licencia estuvo presente en el momento de la muerte o durante un período continuo antes de la muerte.
● Un médico no puede indicar la causa de la muerte.
● Sospecha de homicidio.
● Sospecha de suicidio.
● Muerte accidental.
● Se trata de circunstancias sospechosas o inusuales.
● Muerte ocurrida durante procedimientos médicos.
● Muerte por intoxicación por alimentos, productos químicos o drogas.
● Muerte sospechosa por causas laborales.
● Muerte sospechosa por enfermedades contagiosas conocidas, que constituyen un peligro para la salud pública.
● Muerte por ahogamiento, fuego, etc.

En estos casos, se necesitará el médico tratante, un médico forense o examinador médico para pronunciar oficialmente la muerte.

En cualquiera de los casos, necesitás la siguiente información para proporcionar al asesor de la funeraria en la primera llamada y a otras partes:

1. Nombre del fallecido.
2. Residencia del difunto: dirección / ciudad / provincia / código postal / número de teléfono.
3. Número de obra social del difunto.
4. Hora de la muerte.
5. Ubicación actual del cuerpo: nombre de la instalación / dirección / ciudad / provincia / código postal / número de teléfono.
6. Nombre y número de teléfono del médico tratante.
7. Tu nombre.
8. Tu residencia: dirección / ciudad / provincia / código postal.
9. Tu número de teléfono.
10. Tu relación con el fallecido.

No es necesario, el asesor de nuestra funeraria te podrá orientar y brindar información.

La mayoría de las obras sociales sindicales mantienen convenios con nuestras Federaciones y Asociaciones, por lo que la información está actualizada y a tu disposición.

Las privadas poseen beneficios con descuentos.

No es necesario, se encargará el asesor funerario.

Solo debés tener la dirección e información de la ubicación de la parcela.

Dependerá de la situación personal y patrimonial que tenía el fallecido: estado civil; si había otorgado o no testamento; si tenía seguros de vida; si el cónyuge y/o los hijos tienen derecho a una pensión; tipología de la herencia…

En cualquier caso, para iniciar estos trámites, deberás disponer siempre de la siguiente documentación básica:
● Certificado Médico de Defunción.
● DNI de la persona fallecida.
● Certificado Literal de Defunción, emitido por el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar de defunción. Será necesario para iniciar cualquier trámite legal (obtención del Certificado de Actos de Última Voluntad, notaría, gestiones con entidades bancarias, etc.).

Funeral y sepultura

Es una oportunidad para dar el último adiós a la persona que ya no está.

Además, durante la velación se empieza a asimilar la realidad del momento y la pérdida del ser querido.

Si bien, este puede ser un momento de estrés, estaremos para guiarte paso a paso.

● Comunicate para notificar la muerte a las partes correspondientes y hacer que se retire al difunto del lugar de la muerte.
● Confirmá el transporte del fallecido a la funeraria.
● Buscá arreglos previos. Determiná si el fallecido dejó un plan funerario preestablecido.
● Organizá los servicios funerarios. Junto al asesor podrás determinar cómo se cuidará al difunto, si tendrá un entierro o cremación y qué tipo de ceremonia se llevará a cabo.
● Confirmá los arreglos del cementerio. Si el difunto será enterrado, y la propiedad del cementerio aún no se compró, el asesor de la funeraria puede hacer estos arreglos en nombre de tu familia. Organizá las reuniones y charlas previas con los funcionarios del cementerio seleccionado para comprar la propiedad del entierro (por ejemplo, un terreno para la tumba, una cripta, un nicho para una urna).
● Seleccioná productos funerarios y conmemorativos y seleccioná y comprá la mercadería necesaria (ataúd, bóveda funeraria, urna, etc.), artículos conmemorativos (lápida, memorial en línea) y material en el showroom de la funeraria. Cualquier duda consultanos.

Sí. Sin embargo, en ocasiones no resulta sencillo. Todos requieren que un director de funerarias se encargue de ciertos aspectos, como el transporte o la presentación de trámites.

Deberás verificar las condiciones con un asesor funerario.

Sí. Un plan simple puede ser muy útil para tu familia. Podrás expresar preferencias o las de un familiar para cuando no esté.

Esto te asegura una despedida sin imprevistos. No es necesario que inviertas dinero para hacerlo. En este caso, podés registrar en papel o formato electrónico tus preferencias para el final de tu vida sin pagar.

Podés hacerlo en cualquier momento. Si lo deseás, un asesor te brindará más información.

El lugar de descanso final es una decisión profundamente personal. Se deben tener en cuenta factores como las costumbres familiares y religiosas, la situación financiera y, las preferencias personales.

BAJO TIERRA
Hay varios tipos de espacio de cementerio a considerar:
● Parcela de entierro única: destinada al entierro de una persona o una urna.
● Parcela doble o complementaria: pueden ser dos parcelas individuales una al lado de la otra, o una que tenga doble profundidad. Con una parcela de doble profundidad, se entierra un segundo fallecido encima del primero.
● Parcela familiar: un espacio lo suficientemente grande para varios miembros de la familia.
● Una parcela de urna: un espacio más pequeño que se diseñó para el entierro de una urna de cremación. Según el cementerio y el tipo de parcela que comprés, es posible que se entierren varias urnas en la parcela espacial.

SOBRE SUELO
● Edificio del mausoleo o panteón de nichos: es un edificio diseñado para albergar el ataúd. Puede ser un edificio privado o bien, uno comunitario.
● Columbario: es un edificio o estructura de pared diseñado como una serie de nichos para contener urnas de cremación.

CREMACIÓN
Los restos serán convertidos en cenizas. Podrás enterrar la urna o bien llevarla con vos para conservarla o esparcir las cenizas.

Cremación

Es el proceso para reducir un cuerpo a cenizas mediante su introducción en una unidad de conversión diseñada a tal efecto.

Se trata de una decisión personal. Dependerá de tus preferencias, pero también de consideraciones económicas, las prácticas de tu religión y cultura.

Sí, salvo los casos en los que por expresa designación judicial o sanitaria no sea posible.

No. Los fallecidos deben cremarse siempre en unidades separadas, por lo que las cenizas nunca se mezclan.

Sí. Estas son solo algunas de las formas en que vos o tu ser querido pueden ser honrados.

● Funeral con velatorio, incineración que se realizará después.
● Funeral sin visualización, después de la cremación.
● Servicio conmemorativo en una funeraria tradicional seguido del entierro de las cenizas.
● Servicio conmemorativo en un lugar al aire libre.
● Esparcimiento de cenizas en un lugar con significado para el difunto.

Las cenizas se pueden enterrar, esparcir o guardar en una urna. El crematorio entregará los restos en un recipiente temporal o en un recipiente permanente, como una urna.

Los cementerios ofrecen varias opciones para enterrar los restos cremados, incluidas parcelas para el entierro y «nichos» en un columbario.

También ofrecen jardines para esparcir.

Encontrarás además pequeños recipientes, diseñados para usarse como joyas, para contener sólo una pequeña porción de cenizas. Podés consultar nuestra tienda.

Las leyes estatales y locales rigen la dispersión de cenizas en terrenos públicos y privados y en el mar, pero las empresas privadas ofrecen muchas opciones de dispersión.

Algunas religiones prohíben la cremación. Para otras, es el método preferido. Un número creciente de religiones deja que la persona decida.

Si estás tratando de decidir que los servicios de cremación son adecuados para vos y tenés preguntas sobre la postura de su religión sobre la práctica, te recomendamos que consultes con tu pastor, sacerdote o consejero espiritual.

Funeral en el hogar

Si deseás o no tener un funeral en tu hogar es una decisión muy personal. Podés estar impulsado por consideraciones financieras, factores culturales o algo completamente diferente. La razón no importa. Lo que importa es que sea adecuado para vos y tu familia y que estés informado sobre lo que realmente significa tomar esa decisión.

Los funerales domiciliarios son legales. Sin embargo, eso no significa que siempre sea fácil. Todos requieren que un director de funerarias se encargue de ciertos aspectos, como el transporte o la presentación de trámites. Antes de comenzar a planificar, tenés que verificar todo con el asesor funerario.

Si necesitás hacer arreglos para alguien que murió recientemente o para quien la muerte es inminente, comunícate telefónicamente con nuestro Call Center las 24 Hs al (011) 4864-1313

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